domingo, 14 de febrero de 2016

EL PERRO GUÍA

UN PERRO GUÍA CONOCE A PLUTO EN DISNEYLAND

DECÁLOGO DEL COMPORTAMIENTO CIUDADANO ANTE LA PRESENCIA DE UN PERRO-GUÍA

No me des de comer ni me llames cuando estoy trabajando. Los silbidos me distraen.

Si quieres saludarme pregunta primero a la persona.

No dejes tu perro suelto cerca de mi. Intenta controlarle.

Para dar una indicación a mi dueño, no tires de la correa ni me agarres del arnés.

Recuerda que soy los ojos de una persona. No impidas mi paso a los establecimientos ni transportes. La ley me ampara.

No me tengas miedo. Ni soy agresivo ni transmito enfermedades.

Si cuando vas conduciendo ves que intento cruzar, ten precaución y para a una distancia suficiente para no asustarme.

Facilítame una ubicación cómoda en los transportes públicos.

Somos perros limpios. El pipí y las cacas siempre lejos de las aceras en los lugares adecuados.

Si estoy trabajando, vendiendo el cupón… ¡Cómprame uno… o dos!

Gracias a la gran labor social de ONCE más de mil perros guía conducen a personas ciegas por nuestras calles de forma más segura y autónoma.





CARACTERÍSTICAS DE RAZA

- Labrador:
Los podrás ver de varias capas: desde el dorado claro, casi blanco hasta el negro pasando por la capa chocolate. De pelo siempre denso y fuerte Es la raza más utilizada como perro-guía debido a su sociabilidad, adaptabilidad a todos los entornos y situaciones siendo fácilmente controlable por el usuario que tendrá que poner un especial cuidado con su glotonería.


        

-Golden retriever:
Siempre de color dorado, de pelo largo y sedoso, son animales sensibles, con gran iniciativa e inteligencia. Su gran determinación puede tocar incluso con cierta cabezonería que requerirá un manejo adecuado. 



- Pastor alemán:
Poco se puede decir de esta raza por ser suficientemente conocida. Son perros inteligentes, dinámicos, rápidos en sus decisiones y bastante resolutivos. Siendo un perro temperamental pide a la persona que lo maneja un buen conocimiento y una especial empatía con el animal.



Legislación:  El derecho de acceso de las personas ciegas o con deficiencia visual usuarias de perro-guía al entorno y, en particular, a los lugares y espacios de uso público, con independencia de su titularidad, está garantizado por leyes dictadas por las distintas Comunidades Autónomas. En aquellos casos en los que la normativa autonómica no prevea nada sobre esta materia, se aplicará la regulación estatal contenida en el Real Decreto 3250/1983, de 7 de diciembre.



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